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PLAZO DE ALTAS Y BAJAS DEL ALUMNADO EN PRÁCTICAS

En la circular que enviamos en el día de ayer decíamos que, en el caso de los centros concertados, en los que los trámites se encargaría la Consejería de Educación, convendría solicitar a la SS un aplazamiento de 30 días para efectuar las altas y bajas del alumnado, por los posibles problemas burocráticos que podían darse.

YA NO ES NECESARIO HACER ESTO, ya que el Gobierno central ha recogido en un RD, el RDL 8/2023, que se concede un aplazamiento hasta finales de marzo para realizar esos trámites.

NO ES QUE SE APLACE la obligación de cotizar a partir del 1 de enero, que sigue en vigor, sino que la obligación de comunicar las altas y bajas (que normalmente tiene un plazo de 10 días), temporalmente ahora se ha concedido un margen de tiempo más amplio para realizarla. De todas formas, las Gestorías deben conocer toda esta sistemática para realizar bien los trámites correspondientes.

 

Ya os comentábamos que por la precipitación con que desgraciadamente están llevando todo, nos vamos a ir encontrando variaciones o novedades, de las que procuraremos ir informándoos cuando nos las trasladen.

Saludos.

 

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